Anticipos de Créditos Comerciales (AEB 58)
¿Qué es?
El anticipo de crédito comercial permite realizar la financiación y la gestión de cobro de los créditos comerciales producto de la actividad de la empresa. La comunicación se realiza por medios informáticos, ya sea en soporte magnético o mediante nuestra banca online para empresas, eBGempresa.com.
La estructura del fichero a enviar está regulada por el cuaderno 58 de la AEB.
Descripción
Los anticipos de Créditos comerciales pueden ser enviados en dos modalidades distintas:
- Gestión de cobro de los créditos (al vencimiento).
- Anticipo de los créditos en gestión de cobro.
En la modalidad de Gestión de Cobro, el abono se produce al vencimiento de la operación. En la modalidad de anticipo, el abono se produce en el momento de la remisión del fichero, aplicándose los tipos de interés de descuento fijados.
El hecho de que los anticipos de créditos comerciales estén domiciliados redundará en unos menores gastos de gestión de cobro y reducirá la posibilidad de que vengan devueltos. Las tarifas interbancarias en vigor incluyen una comisión de entre 6 € y 12 € para el anticipo de Créditos Comerciales No Domiciliados, por lo que indudablemente, cada vez adquiere mayor importancia el anticipo de créditos comerciales domiciliados en origen. Además, le recordamos que, según la normativa de la AEB, para que un efecto sea considerado como Domiciliado, ha de tener el número de Cuenta C.C.C. completo y correcto. De lo contrario, será considerado como No Domiciliado, y por tanto, implicará las comisiones de un efecto No Domiciliado.
¿A quién van dirigidos?
A cualquier empresa, pequeña o mediana.
Ventajas
- La utilización de medios informáticos para transmitir la información permite un ahorro de tiempo administrativo y de coste de realización de documentos.
- Ahorro de tiempo en desplazamientos: contratando nuestro servicio, a través de eBGempresa.com puede enviar los datos desde su empresa, sin necesidad de ir personalmente al banco.
- Obtención de crédito inmediato a corto plazo. Se destina a financiar la actividad con pago aplazado, sin necesidad de domiciliar los créditos de sus deudores.
- Operación no sujeta al pago de timbres, pues no se le atribuye el derecho económico para cobrar el crédito de la persona obligada a su pago, lo que puede suponer un considerable ahorro de costes financieros para la empresa, en comparación con el descuento comercial.
Fiscalidad
No tributan IAJD. Tributan IVA.
Operativa
Las remesas se pueden confeccionar mediante nuestro programa de generación de ficheros (eBGencuad), o mediante cualquier otro programa del que se disponga en la empresa, ya que se trata de ficheros estándar regulados por la AEB. La transmisión se puede realizar por banca electrónica, eBGempresa.com, o se puede entregar en la oficina en soporte magnético.
Contratación
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